Normativa de contratación

Conforme a lo previsto en el artículo 321 de la Ley de Contratos del Sector Público  EPGASA ha elaborado y tiene aprobadas unas Instrucciones internas en materia de contratación que garantizan en todo caso, la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, así como que los contratos se adjudiquen a quienes presenten la mejor oferta, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 145 de la LCSP.

Link para descargar las Instrucciones internas en materia de contratación de EPGASA.

Revisión de las actuaciones de Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A. en materia de contratación:

Las actuaciones realizadas en la preparación y adjudicación de los contratos por Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A., se impugnarán en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la  Ley 39/2015, de 1 de octubre (RCL 2015, 1477), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ante el titular de la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía.

Contra la resolución de los recursos administrativos a los que hace referencia el párrafo anterior cabe recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Serán competencia del orden jurisdiccional civil las cuestiones referidas a los efectos y extinción de los contratos celebrados por Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.